Los precios públicos son las cantidades que paga la ciudadanía como consecuencia de la prestación de determinados servicios. No tienen carácter tributario y en comparación con la Tasa, el servicio que se recibe es opcional. Es decir, no son servicios de recepción obligatoria y es el ciudadano quien decide hacer o no uso de los mismos. Por ejemplo, ir a la piscina o a una exposición en un museo.
Algunas de las características de los precios públicos son:
- Son ingresos públicos de derecho público, pero no tienen carácter tributario.
- La recepción del servicio es totalmente voluntaria.
- Son servicios que ofrecen actividades complementarias y no básicas para la vida.
- Estos mismos servicios pueden ser prestados por el sector privado.
Todos los precios públicos del Ayuntamiento y sus Organismos Autonomos se regulan en las Ordenanzas Fiscales vigentes. A continuación tiene los precios públicos aprobados para los distintos servicios y actividades: